Global Strategy Report, 10/2026
Resumen: La sincronización con los actores civiles es una de las claves en la ejecución de las Operaciones Multidominio. Sin embargo, esta sincronización, en multitud de ocasiones, demanda una postura activa y comprometida del personal civil. Esta participación puede derivar en la pérdida de su condición de no combatiente y por lo tanto convertirse en un objetivo legítimo por parte del adversario.
Los nuevos espacios de confrontación tienen mucho que ver con capacidades civiles por lo que es necesario que participen del esfuerzo en el conflicto. Las capacidades del ciberespacio residen en su mayoría en la sociedad civil y pueden tener un impacto muy importante en la conducción de las operaciones. El campo de batalla se ha enriquecido de multitud de capacidades civiles que deben formar parte de la deontología y praxis del instrumento militar. Esta circunstancia es especialmente relevante cuando hablamos de circunstancias de extrema gravedad como la pérdida de integridad territorial de un país.
Este artículo pretende aportar luz sobre una nueva casuística asociada a las normas que regulan los conflictos armados y la necesidad de trabajar en nuevos marcos que mantengan la protección hacia los civiles pero que permita participar en la campaña sin ver comprometida su protección.
Nieto, Ignacio (2026), “Los no combatientes en las Operaciones Multidominio”, Global Strategy Report, 10/2026.
Introducción
La participación de la sociedad civil en las operaciones es uno de los elementos diferenciadores de la aproximación de la OTAN y de otras organizaciones y países [1] a las Operaciones Multidominio (MDO por sus siglas en inglés Multi-Domain Operations). Esta incorporación de la sociedad civil en las operaciones es una necesidad derivada del contexto estratégico actual, en el que la OTAN debe responder a una agresión en territorio aliado. Durante décadas, los países occidentales hemos aplicado la lógica de realizar operaciones fuera de nuestro territorio, entendiendo como territorio principalmente Europa. Fuera de este marco, en las operaciones en el exterior no era necesaria la participación de la sociedad civil en la ejecución de una operación militar.
Esta realidad no contradice operaciones pasadas en las que la OTAN haya buscado la complicidad de las sociedades civiles por ejemplo en Afganistán, el enfoque actual es sin duda de diferente naturaleza. En este escenario, la evolución de las operaciones pasó de un estadio inicial donde no se buscaba compromiso de la sociedad civil, a un estadio final donde las políticas de hearts and minds era uno de los pilares de la acción militar. Aunque es cierto que la estrategia no dio los resultados planeados quizás por la visión etnocéntrica de los occidentales [2].
Actualmente, aspectos como la globalización o la evolución de la tecnología demandan la participación de la sociedad civil, no solo en la aceptación de la operación militar sino también en la ejecución, como un elemento que contribuye a los objetivos marcados por el nivel político. En las MDO, no solo la participación de los civiles es vital para la evolución de las operaciones, sino también las capacidades de las empresas civiles, valga como ejemplo la trascendencia del apoyo en la campaña militar en Ucrania de los emporios digitales como Google, Starlink [3] o Microsoft.
Es de destacar la emergencia de conceptos como la democratización de la violencia, donde la tecnología permite el acceso de cualquier individuo a armas reales y por ende esta situación puede evolucionar a su participación en el combate. Esta potencial participación no solo afecta a la dimensión virtual sino también a la cognitiva y a la física. Un ejemplo curioso es la posibilidad de disponer de armas ligera mediante la impresión 3D [4].
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La participación de los civiles en conflictos está regulada por la Ley de Conflictos Armados [5] y El Convenio de Ginebra (se entiende como el conjunto de tratados internacionales que forman la base del Derecho Internacional Humanitario (DIH)), ambos se generaron para aliviar el sufrimiento de los prisioneros y los heridos en combate además de garantizar la protección de civiles. Regulan, además, las condiciones en las que un civil puede convertirse en un blanco legítimo por su participación en el conflicto.
Las MDO en la OTAN estimulan la participación de la sociedad civil en los conflictos, bajo el epígrafe de la sincronización de acciones tanto civiles como militares para mejorar la convergencia de los efectos. Esta participación es completamente necesaria y se ha convertido en una de las lecciones aprendidas del conflicto en Ucrania, pero es necesario legislarla y deben estar amparadas por la Ley. No podemos olvidar que las MDO en la OTAN son la herramienta que garantiza la superioridad en el continuum paz crisis y conflicto en el marco de la defensa colectiva del territorio europeo. En ese reto la sociedad civil, en su conjunto, debe participar.
Este artículo se circunscribe a aportar un poco de luz hacia el marco de contribución de un civil en el conflicto con medios no considerados tradicionales. En concreto, la participación de los ciudadanos en actividades del ciberespacio en el campo de batalla.
El marco de actuación de los civiles en las dimensiones
Un campo de batalla, desde la perspectiva del nivel operacional, es aquel espacio donde las acciones militares (ahora con las MDO también civiles) desarrollan sus efectos. Los efectos se despliegan en las dimensiones, que es la fórmula que se utiliza para que el comandante visualice mejor el campo de batalla. Esta lógica impera porque lo que realmente importa en el conflicto es el efecto que producen tus acciones. Cuestión de diferente naturaleza es saber calcular el efecto de una acción. En determinadas dimensiones, por ejemplo la cognitiva, adelanto que su cálculo es realmente complejo.
Para ser puristas, es mejor hablar del entorno operativo y no del campo de batalla. El entorno operativo es definido por la OTAN como a composite of the conditions, circumstances and influences that affect the employment of capabilities and bear on the decisions of the commander [6]. Básicamente refiere a todo aquello que afecta a las decisiones del comandante en el uso de las capacidades militares, antaño, y ahora también de las acciones civiles. Dentro de este marco las acciones que pueden llevar a cabo tanto los civiles como por las empresas civiles es relevante.
Este aspecto no es nada novedoso porque ya nuestra Ley de Seguridad Nacional [7] adelanta la importancia de la coordinación y cooperación entre los diferentes instrumentos de poder del Estado. En concreto en el preámbulo indica que la Seguridad Nacional debe ser considerada un objetivo compartido por las diferentes Administraciones, estatal, autonómica y local, los órganos constitucionales, en especial las Cortes Generales, el sector privado y la sociedad civil, dentro de los proyectos de las organizaciones internacionales de las que formamos parte.
El comandante militar dirige su campaña a la consecución de los efectos en el entorno operativo, en particular debe atender al efecto que producen esas acciones en las dimensiones, la física, la virtual y la cognitiva. Estas son las tres dimensiones sobre las cuales el comandante operacional debe diseñar la campaña.
- La dimensión física es la tradicional y es de fácil comprensión. En la dimensión física es donde se visualizan los efectos de acciones como bombardeos, lanzamiento de misiles o morteros. Todo el acervo normativo y legal relativo a los conflictos se ha construido sobre la dimensión física. En esta dimensión la participación de los civiles en los conflictos está ampliamente desarrollada en el acervo normativo de los conflictos armados.
- Las otras dos dimensiones, cognitiva y virtual, adolecen de un marco legislativo tan amplio. Aunque existen normas, la tradición no ha logrado asentarlos todavía en todos los procesos asociados a una campaña militar. Quizás motivado a que sus acciones y sus efectos asociados son complicados de digerir en el entorno operacional, por diversos motivos, por ejemplo, la poca comprensión del término violencia o fuerza, asociadas a acciones cognitivas o virtuales.
Asimismo, el instrumento militar no es el propietario de muchas capacidades asociadas a estas dimensiones. Existe limitado desarrollo convergente entre la sociedad civil y el estamento militar. Incluso en el marco puramente militar, existe un vacío legislativo en la interpretación de acciones virtuales y cognitiva potencialmente hostiles. Es complejo determinar si una acción virtual de un civil puede ser correspondida con el uso de violencia tradicional militar.
En ambas dimensiones se acentúa este efecto cuando la tecnología facilita cada día más la democratización de la violencia y en los efectos que los civiles pueden realizar en apoyo a la generación de efectos en la dimensión cognitiva y virtual.
Este artículo se circunscribe a la dimensión virtual, a pesar de que las acciones en la dimensión cognitiva utilizan, en muchas ocasiones, como vehículo, el ciberespacio para producir sus efectos.
Dentro de este marco la participación de los civiles se circunscribe a tres áreas
- La contribución a la hipersensorización del campo de batalla, convirtiendo a un civil en un sensor con multitud de posibilidades, entre ellas cabe destacar la capacidad de señalar blancos adversarios.
- La participación de civiles en acciones ofensivas del ciberespacio.
- La participación de empresas civiles asociadas al ciberespacio en el conflicto.
En este artículo vamos a desarrollar exclusivamente la participación de los civiles en la dimensión virtual, descartamos por lo tanto la contribución de las empresas civiles en la dimensión cognitiva.
El no combatiente en el dominio ciberespacial
A nadie se le escapa la recurrente participación de los civiles en los conflictos durante decenas de años [8]. Incluso en el DIH se reconoce legítima la participación de los civiles en determinados conflictos, por ejemplo en el caso de levantamiento de la población civil ante una invasión extranjera [9]. Sin embargo, el caso de participación de civiles en el dominio digital reviste de una casuística realmente compleja, en especial por la facilidad en llevar a cabo acciones y por la eficacia de las mismas. Las acciones en el ciberespacio puede producir efectos en las tres dimensiones.
Por otra parte, las particularidades del ciberespacio, por ejemplo, su dificultad en la atribución, la complejidad en confrontar las acciones o en la amplitud de su área de operaciones (todo el globo) hacen que el ciberespacio se haya convertido en la superficie de confrontación por excelencia de las estrategias híbridas o de los entornos propios de la zona gris. Quizás sea necesario pensar realmente cuál es la amenaza actual de los países revisionistas, si un conflicto convencional de alta intensidad en territorio europeo o acciones en el marco de estrategias híbridas para debilitar nuestra cohesión política. Todo ello sin despreciar que la preparación para la alta intensidad es uno de los mejores mecanismos de disuasión.
Asimismo, la evolución vertiginosa de la tecnología hace cada día más sencilla la participación del personal civil en los conflictos armados. El desarrollo normativo del principio de distinción que aplica a los civiles en actos violentos tradicionales está muy desarrollado normativamente y apoyado en multitud de sentencias de tribunales. Sin embargo, apenas existe jurisprudencia ni reglas que nos aclaren qué ocurre cuando un civil participa con acciones del ciberespacio, incluso cuando se afecta la dimensión física del campo de batalla. El mayor hito a tal respecto es el Manual de Tallin [10], la referencia jurídica internacional más importante sobre cómo se aplican las leyes de la guerra y del uso de la fuerza al ciberespacio, es una obra académica elaborada por expertos internacionales en derecho. Aunque no es un documento oficial de la OTAN, fue impulsado por el NATO Cooperative Cyber Defence Centre of Excellence (CCDCOE) en Estonia.
Nunca ha sido tan fácil para un civil realizar acciones con medios digitales que tengan un fuerte impacto en la contienda. Esta realidad erosiona el principio de distinción y complica sobremanera la aplicación de las normas que rigen los conflictos en escenarios con elevado nivel de participación de civiles. Son muchas las opiniones que consideran que los Estados deben impedir la participación de los civiles en los conflictos [11], lo cual deja a las MDO con uno de sus principales pilares francamente degradado. Quizás el problema es que aplicamos normas generadas en épocas donde solo existía la dimensión física y capacidades convencionales. Adaptarlas a entornos tan complejos como el ciberespacio o el dominio cognitivo es un asunto que llevará muchos años.
La realidad actual es que el campo de batalla ha mutado, de privilegiar la dimensión física hemos pasado a vislumbrar la amenaza más importante desde la dimensión cognitiva y la virtual, especialmente en escenarios de competición estratégica. Antaño, un pensamiento lineal era capaz de aventurar el resultado de la contienda con relativa precisión, tan solo era necesario conocer las capacidades militares del adversario. Por esta razón se ponían tanto empeño en actividades como inteligencia de señales o el espionaje. En la actualidad, este paradigma ha cambiado, no solo porque hay que considerar las capacidades civiles que participan en el conflicto sino que quizás son ellas las que pueden determinar su devenir. En determinadas situaciones la conformación del entorno operativo se determina por las capacidades civiles y no las militares que ponen en una compleja posición al comandante de las operaciones.
Es necesario crear marcos de trabajo entre ambas esferas que nos permitan alcanzar efectos convergentes para el beneficio de los objetivos de la campaña. En esta línea es importante saber qué derechos aplican a un civil cuando participa en la contienda, debe incluso ser parte de su cultura pues llegado el caso su participación es clave para el futuro de la operación defensiva.
El principio de distinción
Existe un consenso global en aceptar que las actividades en el ciberespacio están sujetas en el mismo sentido que el resto de las actividades físicas en el marco de los conflictos armados. En concreto, en las Naciones Unidas se logró el consenso en la consideración de que las actividades ciberespaciales estaban dentro de la International Humanitarian Law (IHL) (including the principles of humanity, necessity, proportionality and distinction) applies to cyber activities within an armed conflicto [12].
Dentro de este marco normativo el principio de distinción es uno de los principios troncales del DIH. El artículo 48 del Protocolo I adicional a los Convenios de Ginebra de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales de 1977[13] desarrolla el principio de distinción, literalmente indica que:
A fin de garantizar el respeto y la protección de la población civil y de los bienes de carácter civil, las Partes en conflicto harán distinción en todo momento entre población civil y combatientes, y entre bienes de carácter civil y objetivos militares y, en consecuencia, dirigirán sus operaciones únicamente contra objetivos militares.
La redacción es bidireccional pues afecta tanto a las actividades ofensivas de cualquiera de las partes en el esfuerzo que tiene que realizar en distinguir civiles de militares y también en sus propias fuerzas armadas, donde tiene que esforzarse en distinguirlas de la sociedad civil. Y esta distinción también aplica por ejemplo a cualquier intento de enmascaramiento dentro de un colectivo civil.
La cuestión pertinente sería conocer cuándo un civil se convierte en combatiente cuando realiza una actividad en el ciberespacio y por lo tanto en un objetivo legítimo. El Protocolo adicional I en su Artículo 53 establece que Las personas civiles gozarán de la protección que confiere esta Sección, salvo si participan directamente en las hostilidades y mientras dure tal participación.
Este artículo nos obliga a profundizar en el significado de la participación directa en las hostilidades. El Comité Internacional de la Cruz Roja ha publicado una guía para interpretar la noción de participación directa en hostilidades bajo el DIH [14]. En ella se establece la necesidad de cumplir tres criterios de forma simultánea:
- El acto debe ser susceptible de afectar negativamente a las operaciones militares o a la capacidad militar de una de las partes en un conflicto armado o, alternativamente, de causar muerte, lesiones o destrucción a personas u objetos protegidos contra ataques directos (umbral de daño), y
- Debe existir un vínculo causal directo entre el acto y el daño que probablemente resulte de dicho acto, o de una operación militar coordinada de la cual ese acto constituya una parte integral (causalidad directa), y
- El acto debe estar específicamente diseñado para causar directamente el umbral de daño requerido en apoyo de una de las partes en el conflicto y en detrimento de la otra (nexo beligerante).
Las MDO aceptan la participación de los civiles en el conflicto, sin embargo, es obligación de los Estados tomar las medidas necesarias para que el principio de distinción no se erosione. Es responsabilidad de los Estados no alentar a los civiles a participar en el conflicto, en tanto en cuanto no participen directamente en las hostilidades. En el caso de alentar a la participación se considera que se debilita el principio de distinción y podría violar la obligación del Estado [15]. Este es un aspecto de capital importancia porque si queremos que su contribución sea legítima en apoyo a las operaciones de defensa del territorio, debemos procurar que sea conforme el DIH, esto quiere decir que todas las acciones deben estar fuera del principio de participación directa en las hostilidades.
Atendiendo a los tres criterios, es el tercero el más estricto y que excluye muchas de las actividades en el ciberespacio, por ejemplo, la sensorización del campo de batalla propio en defensa del territorio. Sin embargo, si de esta sensorización resulta la destrucción blanco militar que deriva en pérdida de vidas humanas, el civil que participa en esa actividad pudiera convertirse en un blanco legítimo. La casuística es excesivamente amplia pues las actividades en el ciberespacio tienen un rango muy amplio, abordar solo las diferentes modalidades de opciones ofensivas ocuparía decenas de páginas. Veamos qué ha ocurrido en la guerra de Ucrania y algunos ejemplos a la hora de aplicar el DIH en la contribución de los civiles en la campaña.
La guerra de Ucrania un surtidor de buenas prácticas
Los analistas de conflictos auguraron que los inicios del conflicto iban a estar precedidos por una intensa fricción en el ciberespacio que debilitaría la defensa de Ucrania, quizás pensando en una repetición de lo ocurrido en Estonia durante 2007. Sin embargo, el impacto de la campaña ciber fue mucho menor de lo esperado, principalmente gracias a la construcción de una defensa sólida, con apoyo exterior de las grandes corporaciones [16].
Esta resistencia fue uno de los grandes logros de Mijailo Fédorov, ministro de Transformación Digital de Ucrania que desde el principio entendió que la defensa de su país debía basarse en tres pilares, multilateralismo, la participación de la sociedad civil y en la innovación. Inicialmente, además de las grandes corporaciones, se constituyó la resistencia interna entorno a la IT Army of Ukraine (ITAU). Su constitución se estableció después de un llamamiento del Gobierno en redes sociales, en concreto en la red social Telegram se publicó esta noticia:
We are creating an IT army. We need digital talents. All operational tasks will be given [on this Telegram channel]. There will be tasks for everyone. We continue to fight on the cyber front. The first task is on the channel for cyber specialists [17].
Sus objetivos principales era coordinar ataques ciber y la defensa contra la campaña de desinformación rusa. Es importante considerar que, en la lógica de la estrategia híbrida rusa, el movimiento previo antes de la invasión física es una fuerte campaña de desinformación (unido a acciones ofensivas y de espionaje) que provoque efectos como la desmotivación del adversario además de generar un ecosistema en la sociedad de la información que proporcione motivaciones y justificaciones del ataque ruso.
Los datos son demoledores [14, p 27], se calcula que el 17 por ciento de la población había participado de una forma u otra en el esfuerzo de defensa y ataque de la ITAU, es decir o bien participando en ataques cibernéticos o bien confrontando la campaña de desinformación rusa. Solo en ataques de denegación de servicio se calcula que en los primeros meses se llevaron a cabo 662 ataques de denegación de servicio contra la Federación rusa [18].
Esta llamada a participar en el conflicto rompe con el principio de diligencia debida del Estado al incitar a los civiles a la participación en el conflicto y erosionar el principio de distinción. En especial, los Estados deben ser cautos cuando incitan a la participación de civiles en el conflicto. Es necesario aclarar que en ningún caso ni el DIH ni la Ley de Conflictos Armados prohíbe la participación de los civiles en los conflictos, tan solo en el caso de niños [17, p. 44]. Sin embargo, los Estados y el civil deben ser conscientes de que puede perder el estatuto de civil y pasar a ser combatiente por lo que es altamente recomendable que se difunda la cultura del DIH [19] que mitigue el riesgo de comportamiento indebido. Esta culturización debe realizarse tanto a las fuerzas armadas como a los civiles [20]. Esta situación ha llevado a considerar al Gobierno de Ucrania integrar la IT Army dentro de sus Fuerzas Armadas de tal forma que no se rompa la diligencia debida [21].
En relación con la primera de las actividades de las ITAU, las acciones ofensivas en el ciberespacio, su ejecución claramente pone en peligro la condición de civil pues puede ser interpretado por la otra parte que el civil participa directamente en una acción militar. Aunque realmente sea discutible que su actividad supere el umbral del daño que es una condición sine qua non para considerarle combatiente. Como agravante hay que destacar que el civil durante la ejecución de la acción ofensiva apenas conoce la trascendencia y las repercusiones de su actividad. Aunque el efecto inicial planeado pudiera encontrarse inferior a cualquier daño a las FAS sus efectos derivados en otras dimensiones pudieran ser realmente dañinas y por lo tanto ser considerado por el adversario como un combatiente.
La segunda actividad, la campaña contra la desinformación, apenas erosiona el principio de distinción además de ser actividades defensivas que no se pueden considerar como participación directa en las hostilidades. La defensa de la sociedad civil contra la desinformación alcanzó resultados muy satisfactorios en una campaña que empezó en el 2014 [22], por ejemplo la incapacidad rusa de deslegitimar las fuerzas armadas de Ucrania cuando el 90 por ciento de la población sigue apoyándolas [23]. La estrategia que contaba no solo con el pilar interior sino también exterior, contando con importantes apoyos exteriores en el marco del multilateralismo, españoles también [24].
La estrategia de participación en actividades de defensa en el dominio ciberespacial de Ucrania tiene multitud de líneas de acción. Como ejemplo, Air Alert que emite alertas verificadas por las administraciones regionales y el Servicio Estatal de Emergencias (DSNS). Notifica múltiples tipos de amenazas como misiles, artillería, aviación o combates urbanos. Se puede entrar en la página que es de uso público https://alerts.in.ua/en. En la ilustración 1 se aprecia el estado por la tarde del dos de mayo.
Todas estas actividades no pueden ser catalogadas como participación directa en las hostilidades, pero visibilizan la necesidad de crear marcos de cooperación entre la sociedad civil y el instrumento militar en defensa de la integridad de un territorio. Integridad que siempre ha venido de la mano de la dimensión física pero que poco a poco debemos ampliarlo a otras dimensiones como la integridad y soberanía virtual o cognitiva, avanzamos en esa dirección.
Conclusiones
Las MDO fueron diseñadas para combatir el escenario previsible que incluye la actuación del instrumento militar en respuesta de las actividades híbridas, pero también la defensa del territorio ante una invasión adversaria. En este último marco, bajo el pilar de la sincronización, la participación de la sociedad civil en su contribución al esfuerzo militar es de capital importancia en sus tres dimensiones; física, virtual y cognitiva.
La legislación y la cultura de la participación en los conflictos armados de los civiles en la dimensión física es prolija pero no lo es tanto en el dominio ciberespacial y cognitivo. Es necesario seguir profundizando en desarrollos normativos, pero también y más importante se necesita una mayor tasa de penetración cultural tanto por parte del instrumento militar como de la parte civil.
Debemos seguir consolidando el principio de distinción, pero sin rechazar procedimientos de participación de los civiles en la defensa del territorio pues es una de las claves de los conflictos actuales. Ambos, civiles y militares, pudieran considerar inocuas las actividades de un civil en el ciberespacio, pero, al mismo tiempo, ese civil pudiera estar sometido a un proceso de targeting del adversario que en breve acabará con su vida pues el adversario considera que esas actividades impiden la ejecución de un objetivo militar. Una de las claves es la cultura y los marcos lícitos de actuación en el ciberespacio que deben ser respetuosos con el DIH. Hay un amplio margen de mejora y de avance a tal respecto.
Es evidente que el principio de diligencia debida de los Estados en el cumplimiento del principio de distinción pudiera ser interpretado como un hándicap importante en la conducción de las MDO. Nada más lejos de la realidad, pues es una extraordinaria oportunidad para las sociedades occidentales. Es necesario permear estas actividades en la deontología de las fuerzas armadas y de la cultura de defensa que nos permita integrar estos elementos en la defensa de nuestro territorio conforme la normativa en vigor, en especial la relacionada con el Derecho Internacional Humanitario.
El mejor escenario para avanzar en la resolución militar de los conflictos es participando en los conflictos. No seré yo el que estime el estado de confrontación en la dimensión cognitiva o la dimensión ciberespacial dentro del continuum paz, crisis y conflicto. Sería importante planteárselo y quizás tomar acciones al menos defensivas en el marco de la Seguridad Nacional.
El conflicto de Ucrania es un extraordinario campo de experiencias que deben tener su reflejo en nuestra forma de entender y de participar en los conflictos. No solo en clave nacional sino también internacional, de la mano del multilateralismo y concretamente de la OTAN y de la UE. Auguro un importante recorrido de las MDO en la OTAN en su pilar de sincronización pues nunca fue tan cierto que juntos somos más fuertes pero unidos somos invencibles.
[1] The U.S. Army in Multi-Domain Operations 2028, Pamphlet nos. 525-3-1 (TRADOC, s. f.), https://api.army.mil/e2/c/downloads/2021/02/26/b45372c1/20181206-tp525-3-1-the-us-army-in-mdo-2028-final.pdf.
[2] «The Problem with “Hearts and Minds” in Afghanistan – MERIP», Middle East Research and Information Project, 29 de mayo de 2010, https://www.merip.org/2010/05/the-problem-with-hearts-and-minds-in-afghanistan/.
[3] «Starlink and the Russia-Ukraine War: A Case of Commercial Technology and Public Purpose? | The Belfer Center for Science and International Affairs», 9 de marzo de 2023, https://www.belfercenter.org/publication/starlink-and-russia-ukraine-war-case-commercial-technology-and-public-purpose..
[4] Stefan Schaufelbühl et al., «The emergence of 3D-printed firearms: An analysis of media and law enforcement reports», Forensic Science International: Synergy 8 (marzo de 2024): 100464, https://doi.org/10.1016/j.fsisyn.2024.100464.
[5] La Ley de Conflictos Armados —conocida internacionalmente como LOAC (Law of Armed Conflict) o Derecho Internacional Humanitario (DIH)— es el conjunto de normas jurídicas que regulan la conducción de las hostilidades durante un conflicto armado, con el objetivo de limitar el sufrimiento humano, proteger a quienes no participan en las hostilidades y restringir los medios y métodos de guerra., s. f.
[6] «NATOTermOTAN», accedido 11 de abril de 2026, https://nso.nato.int/natoterm/Web.mvc.
[7] «Ley de Seguridad Nacional | Sitio oficial del Departamento de Seguridad Nacional», accedido 1 de mayo de 2026, https://www.dsn.gob.es/es/estructuras-de-seguridad-nacional/ley-de-seguridad-nacional.
[8] «Civilians and War: A Review and Historical Overview of the Involvement of Non-combatant Populations in Conflict Situations on JSTOR», accedido 26 de abril de 2026, https://www-jstor-org.bibliotecauned.idm.oclc.org/stable/45351859.
[9] «International Humanitarian Law and the Challenges of Contemporary Armed Conflicts | International Committee of the Red Cross», 13 de noviembre de 2015, https://www.icrc.org/en/document/international-humanitarian-law-and-challenges-contemporary-armed-conflicts.
[10] «The Tallinn Manual», accedido 8 de mayo de 2026, https://ccdcoe.org/research/tallinn-manual/.
[11] Kubo Mačák, «Will the Centre Hold? Countering the Erosion of the Principle of Distinction on the Digital Battlefield», International Review of the Red Cross 105, n.o 923 (2023): 965-91, https://doi.org/10.1017/S1816383123000152.
[12] «International Humanitarian Law (Jus in Bello)», International Cyber Law: Interactive Toolkit, 24 de septiembre de 2025, https://cyberlaw.ccdcoe.org/wiki/International_humanitarian_law_(jus_in_bello).
[13] «Protocolo I adicional a los Convenios de Ginebra de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales, 1977 | COMITÉ INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA», 6 de marzo de 2018, https://www.icrc.org/es/document/protocolo-i-adicional-convenios-ginebra-1949-proteccion-victimas-conflictos-armados-internacionales-1977.
[14] Interpretive Guidance on the Notion of Direct Participation in Hostilities under International Humanitarian Law, s. f.
[15] Lindsey Cameron y Vincent Chetail, Privatazing War (2013; Cambridge University Press, s. f.).
[16] «Defendiendo Ucrania: Primeras lecciones de la guerra cibernética», accedido 9 de mayo de 2026, https://www.microsoft.com/es-es/security/security-insider/intelligence-reports/defending-ukraine-early-lessons-from-the-cyber-war.
[17] William Casey Biggerstaff, «The Status of Ukraine’s “IT Army” Under the Law of Armed Conflict», Lieber Institute West Point, 10 de mayo de 2023, https://lieber.westpoint.edu/status-ukraines-it-army-law-armed-conflict/.
[18] Stefan Soesanto, The IT Army of Ukraine: Structure, Tasking, and Eco-System, with Grossman, Taylor (ETH Zurich, 2022), 32 p., application/pdf, 32 p., https://doi.org/10.3929/ETHZ-B-000552293.
[19] «Customary IHL – IHL Databases – ICRC», accedido 9 de mayo de 2026, https://ihl-databases.icrc.org/en/customary-ihl.
[20] Artículo 142 y 143 del DIH consetudinario. Disponible en: https://ihl-databases.icrc.org/en/customary-ihl. (s. f.).
[21] «Ukraine Scrambles to Draft Cyber Law, Legalizing Its Volunteer Hacker Army», Newsweek, 14 de marzo de 2023, https://www.newsweek.com/ukraine-drafting-new-law-legalizing-volunteer-hacker-cyber-army-red-cross-1786814.
[22] Todd C. Helmus y Khrystyna Holynska, Ukrainian Resistance to Russian Disinformation: Lessons for Future Conflict (2024), https://www.rand.org/pubs/research_reports/RRA2771-1.html.
[23] «Ukrainians Stand Behind War Effort Despite Some Fatigue», accedido 10 de mayo de 2026, https://news.gallup.com/poll/512258/ukrainians-stand-behind-war-effort-despite-fatigue.aspx.
[24] Raúl Magallón Rosa et al., «Fact-Checking in War: Types of Hoaxes and Trends from a Year of Disinformation in the Russo-Ukrainian War», Profesional de La Información, Profesional de La Información 32, n.o 5 (2023): 14, https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=9156973.
Editado por: Global Strategy. Lugar de edición: Granada (España). ISSN 2695-8937

